La diferencia entre igualdad y equidad

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El Objetivo de Desarrollo Sostenible número 5 es Aprobar leyes y fortalecer las políticas públicas para alcanzar la igualdad entre los géneros, pero lo que las mujeres necesitamos no es IGUALDAD, sino EQUIDAD de género.

Igualdad es tratar a todo el mundo de forma igual, sin reconocer las diferencias; está reconocida en la ley, pero para verdaderamente llegar a ella hay que pasar por la equidad.

La equidad es tratar a las personas diferentes en forma diferente, de acuerdo a su condición y su momento, más que por las reglas rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley. Es la aplicación de la justicia natural por oposición a la justicia legal o de derecho. La equidad es la luz y complemento del Derecho, frente a la oscuridad de la norma legal o frente a los rigores en su aplicación estricta. Significa la realización suprema de la justicia.

Una verdadera equidad significa la aceptación y la valoración igualitaria de las diferencias entre hombres y mujeres y los distintos roles que desempeñan en la sociedad. Por ejemplo, comprar motocicletas más chicas para que las policías mujeres puedan maniobrar, porque por lo general son más chicas y pesan menos que los hombres. Esto es tratarlas de acuerdo a su condición; mientras que darle tratamiento especial a una mujer embarazada, sería reconocer el momento (la etapa de su embarazo).

Esto no es discriminar contra los hombres, porque las convenciones de derechos humanos de las mujeres establecen claramente que la adopción por los Estados Partes de medidas especiales para proteger la maternidad o que tengan el objetivo de acelerar la igualdad de facto entre hombres y mujeres NO SE CONSIDERARÁ DISCRIMINACIÓN. Y la discriminación es violencia. En estos casos, entonces, si no se considera la condición o el momento de una mujer para que pueda ejercer todos sus derechos, se está ejerciendo VIOLENCIA contra ella.

A pesar de esta realidad, algunos hombres, han presentado recursos de inconstitucionalidad contra varias disposiciones a favor de la equidad, alegando que se está discriminando contra los hombres, entre otras, contra las multas a los medios de comunicación cuando incurran en violencia mediática, sin reconocer que la mayoría de las mujeres no tiene los medios para acudir a la esfera penal y pagar los honorarios de un abogado. De allí que la misma ley, en procura de la equidad, establece que le corresponde al Estado corregir esta violencia que ejercen los tabloides con imágenes pornográficas y titulares machistas.

Esto es ACCIÓN AFIRMATIVA, que la CEDAW describe como “medidas temporales para acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer”.

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